Prensa15.03.22

El Colegio de Abogados de Tucumán interpuso un recurso de apelación con efecto suspensivo en la causa que inició el Dr. Casal

El Colegio informó al Juzgado en lo Civil y Comercial Común de la I Nominación que interpuso un recurso de apelación con efecto suspensivo pidiendo la nulidad de la resolución y la competencia en la materia del mismo, e informó también la falta de agotamiento de la vía administrativa de parte del suspendido Dr. Carlos Casal.

Con la firma del Presidente del Colegio de Abogados de Tucumán Dr. Rodolfo Gilli, se señala en la nota dirigida a la Sra. Jueza Dra. Andrea Viviana Abate que Casal consintió el acto administrativo al no haber presentado recurso de reconsideración ante el Consejo Directivo.

Se señala también que las sanciones disciplinarias que adopta la institución, en virtud del Reglamento Interno y la Ley 5.233 sólo son recurribles ante la Corte Suprema de Justicia de Tucumán; y por lo expuesto, el Colegio se opone a la ejecutoriedad de la resolución de dicho Juzgado, ya que además, el acto administrativo ha quedado firme al no haber sido cuestionado por el actor y reviste, asimismo, el carácter de ejecutorio conforme al artículo 17 de la Ley 5.233.

Sin perjuicio que este Colegio continuará las vías recursivas normales que otorga el derecho, causa asombro y suspicacia que una Jueza Civil de primera instancia ignore los antecedentes jurisprudenciales que la propia Corte Suprema ha emitido en relación a sanciones a abogados mediante resoluciones del Consejo Directivo, órgano ejecutorio de nuestra institución.